¿Qué pasa si el conflicto es entre dos empresas?, si uno está en una pyme y le toca sufrir la inoperancia de Movistar (mi caso) o de cualquier empresa similar, no puede recurrir a los servicios de consumo de las Comunidades Autónomas reservador a consumidores. Como estamos viviendo en mi empresa una situación kafkiana, pues me puse al día en los recursos que se ofrecen a las pymes frente a estas inmensas multinacionales.
Empiezo por resumir el problema que nos mantiene enfrentados con Movistar: reclaman una factura ya abonada de 170 €, del año 2000, y para hacer presión, bloquean el canje de terminales contra la cuenta de puntos. Supone un abuso de poder porque:
- no aceptan el justificante bancario del ingreso
- ni la operación certificada por la entidad bancaria
- solo permiten el envío de la documentación justificativa por fax (ni correo electrónico con confirmación de lectura, ni correo ordinario con acuse de recibo) y niegan hasta tres veces (como Pedro), haber recibido un fax que me consta enviado
- la supuesta deuda está prescrita, es decir, ha caducado por el transcurso del tiempo, y no pueden ya reclamarla
- presentar reclamación vía telefonica o como indique la operadora
- si no resuelven favorablemente, enviar burofax, o correo certificado con acuse de recibo
- tras un mes de tensa espera, ya se puede reclamar a la Secretaría de Estado de Telecomunicación, que resuelve en el plazo de un mes, de forma vinculante para la operadora, que podrá discutirla (igual que el reclamante) en vía judicial.
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